viernes, 1 de julio de 2016

PROTECCIÓN FRENTE A RADIACIONES NO-IONIZANTES (CAMPOS ELECTROMAGNÉTICOS, CEM)

PROTECCIÓN FRENTE A RADIACIONES NO-IONIZANTES (CAMPOS ELECTROMAGNÉTICOS, CEM)

Desde hace varias décadas, diferentes organismos nacionales e internacionales han elaborado, y también actualizado normas referentes a la protección contra los efectos de la exposición a los CEM en la salud de las personas. Con los años, estas normas han evolucionado desde simples recomendaciones sobre límites de exposición en un rango limitado de frecuencia, a un conjunto de normas amplio y complejo sobre protección a los CEM, que cubre una gran parte del espectro desde 0 Hz a 300 GHz.

Hay muchos participantes que contribuyen a este proceso, incluyendo la Organización Mundial de la Salud (OMS). A nivel internacional, la Comisión Internacional sobre Protección Radiológica frente a Radiaciones no Ionizantes (International Commission on Non Ionizing Radiation Protection, ICNIRP) ha establecido la normativa más extendida referente a los niveles de exposición. Así en respuesta a ese interés, en 1998 el ICNIRP y un panel de expertos convocado por la OMS, publicó un conjunto de directrices destinadas a limitar la exposición humana a los campos electromagnéticos no ionizantes, con efectos potencialmente perjudiciales para la salud a corto plazo. Las restricciones contempladas en estas directrices se basan en datos científicos. Sin embargo, acorde al conocimiento disponible en la actualidad, estas restricciones proporcionan un nivel de protección discutido (y limitado) frente a la exposición a los CEM variables en el tiempo.

Los países europeos que respaldaron la recomendación se comprometieron a adoptar las estrategias jurídicas y técnicas necesarias para hacer cumplir los límites establecidos en su territorio. Las objeciones que fueron planteadas por varios expertos en contra de algunos de los límites establecidos fueron causa de controversia. Como consecuencia de este desacuerdo, algunos países europeos, Suiza (en 1999), Italia (en 2003), Austria (en 2007), Liechtenstein (en 2008), y otros posteriormente, adoptaron límites de exposición que, en algunos aspectos, son más restrictivos que los recomendados por el ICNIRP y el Consejo Europeo. Los límites de exposición en los diferentes países pueden variar en factores de 10 o más, dependiendo del rango de frecuencias y del tipo de público expuesto, según se trate de trabajadores o público en general.

La discrepancia entre las normas se puede atribuir a muchos factores:
  • ·         el país de origen
  • ·         el organismo responsable
  • ·         el concepto de efecto
  • ·         el proceso de desarrollo
  • ·         la filosofía de la protección
  • ·         el año de desarrollo
  • ·         la base de datos científicos utilizados
  • ·         la elección de las restricciones básicas
  • ·         el enfoque de los niveles de referencia


Además, se pueden establecer claras diferencias entre las normas vigentes en los antiguos países del Este (Rusia, Hungría, Bulgaria, Polonia, República Checa) y los países occidentales, refiriéndose a los más de los 50 países que han adoptado la normativa del ICNIRP y del IEEE en los EEUU.

Como resumen:
1     Los distintos modelos de teléfonos móviles tienen medida su SAR (Specific Absortion Rate) pero no verificada su seguridad antes de ponerlos en el mercado y las normas no están actualizadas con los estudios científicos porteriores a 1998
2.       Los usuarios compran teléfonos móviles asumiendo que tienen que cumplir las normas de seguridad
3.       La evidencia científica actual no es concluyente en cuanto a que la exposición a campos electromagnéticos sea causante de cáncer
4.       Las clasificación de los CEM por la IARC como de clase 2B (posible cancerígeno) sugiere la implementación del Principio de Precaución.
5.       Sin embargo, al evidencia científica actual indica que los CEM no sólo pueden ser posibles causantes de cáncer, sino probables causantes.
6.       El estado del conocimiento actual no concluyente no indica que la posible o probable causa de cáncer sea despreciable
7.       Es probable que un subconjunto de la población usuaria de tecnologías inalámbricas desarrollen cierto problemas de salud causados por la exposición a radiaciones (población sensible a éstas, hipersensibilidad electromagnética…..)
8.       La exposición originada por los smartphones es más elevada que la procedente de los más antiguos, por el uso contínuo de tráfico de datos, de Internet, apps…
9.       Las lecciones aprendidas de los errores cometidos en el pasado ignorando las primeras indicaciones sobre posibles peligros (tabaco, asbestos, DDT…) recomiendan la implementación del Principio de Precaución mientras sea concluyente la evidencia científica
10.   La exposición procedente de las estaciones base es más baja, pero contínua 24horas/7días. La población puede estar sobreexpuesta a las radiaciones incluso cumpliendo la normativa.
11.   Se recomienda mayor número de antenas con menor potencia de transmisión.


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